Cuando se realizan trámites de extranjería en España, es común que pidan certificados de antecedentes. Sin embargo, muchas personas confunden los antecedentes penales con los antecedentes policiales, y es importante saber que no son lo mismo.
Antecedentes penales
Son los que constan en el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia. Reflejan sentencias firmes dictadas por un juez en un proceso penal. Por ejemplo, condenas por delitos como robo, lesiones o estafa.
- Se cancelan tras cumplir la pena y pasado un tiempo determinado por ley.
- Se acreditan mediante el certificado de antecedentes penales.
Antecedentes policiales
Son registros internos de la Policía Nacional o Guardia Civil que surgen cuando una persona ha sido detenida o investigada, aunque después no haya condena. No equivalen a un delito, pero pueden aparecer en los ficheros policiales.
- Se pueden cancelar mediante solicitud directa a la Policía.
- No figuran en el certificado de antecedentes penales.
¿Por qué es importante distinguirlos?
En extranjería, normalmente se exigen antecedentes penales. Sin embargo, los antecedentes policiales también pueden afectar en ciertos procedimientos, especialmente si no están cancelados.
Conclusión
Tener claro qué tipo de antecedentes tienes y cómo cancelarlos puede marcar la diferencia en tu trámite de residencia o nacionalidad.
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